Introducción

¿Cuál es el rol de una constitución durante un proceso de convulsión social? En términos generales, me atrevo a plantear que en todo proceso de esta naturaleza siempre habrá algún papel para la constitución. Ahora bien, en cuanto al asunto específico sobre el tipo o nivel de intensidad de ese rol, este puede ser sustancialmente variado y dependerá de distintos factores. Las consecuencias de esta interacción pueden oscilar entre fortalecer la constitución o culminar en su desaparición.

Constituciones deslegitimizadas que generan la convulsión social

En ocasiones, la constitución existente es la causa o el objeto de atención del proceso social, mayormente en términos negativos. Es decir, instancias en las que existe un malestar con el orden constitucional que desemboca en una lucha social significativa. Un ejemplo de esto puede ser Chile y su gesta actual por sustituir la constitución autoritaria y agresivamente neoliberal adoptada bajo la dictadura militar. 

Cuando esto ocurre, existe un nivel elevado de descontento o disgusto al interior de la población con el proyecto constitucional, ya sea porque perdió legitimidad o porque ya no refleja las visiones fundamentales de la sociedad sobre la que gobierna. En el caso chileno, el historial autoritario del proceso que produjo la Constitución de 1980 ha sido una fuente constante de deslegitimación, mientras que el modelo económico neoliberal establecido por esta ya no goza de apoyo popular. Por el contrario, es afirmativamente rechazado por amplios sectores de la población. En otras palabras, el caso chileno combina ambas causas principales para el descontento con la constitución: falta de legitimidad en cuanto a su creación y falta de apoyo en cuanto a su contenido sustantivo.

En estos casos, el reemplazo constitucional es el objetivo principal de la lucha social. Esta gesta, idealmente, incorpora los dos elementos aludidos. Primero, la puesta en vigor de un proceso constituyente sustancialmente democrático y participativo que provea legitimidad. En el caso chileno, más que una característica del constitucionalismo moderno -que tiene un fuerte componente democrático como imperativo normativo-, se trata de una necesidad histórica: adoptar un mecanismo de creación constitucional que sea totalmente opuesto al proceso que generó la constitución a ser reemplazada. Segundo, la deseabilidad de que la nueva constitución incorpore las preferencias sustantivas de la mayoría social, permitiendo así el apoyo popular al proyecto constitucional. Esto puede incluir la adopción de modelos solidarios de producción y distribución económica, los que se apartan radicalmente del modelo económico neoliberal actualmente establecido por la constitución.

Constituciones debilitadas por la lucha social  

En otras ocasiones, el descontento popular es producto de situaciones en las que quedan expuestas las insuficiencias de la constitución para atender adecuadamente las necesidades sociales. Pensemos en las fuertes luchas sociales que se han desatado en Colombia en el 2021 que han dejado expuestas las fallas en la Constitución de 1991 (insuficiencia para atender necesidades sociales). Otro ejemplo, aún latente, puede ser Perú.

Por un lado, la Constitución colombiana de 1991 contiene importantes reivindicaciones como parte de su articulación de un estado social de derecho y la construcción de una economía con un objetivo social. A pesar de ello y de las loas recibidas por el Tribunal Constitucional de dicho país, las pasadas tres décadas no han aminorado los efectos o las causas de las terribles desigualdades sociales y la violencia institucional. No debe extrañarnos que una de las posibles consecuencias del proceso social actualmente vivido en esa hermana república sea el llamado a un nuevo proceso constituyente.

En estos casos, la convulsión social no nace de un descontento directo con el proyecto constitucional, sino que revela la brecha entre lo que la constitución establece y lo que la sociedad desea. Esta brecha, eventualmente, requiere corrección mediante un proceso de modificación constitucional, lo que puede incluir su reemplazo.

Se trata de un fenómeno parecido, pero conceptualmente distinto, al discutido en el acápite anterior. En el primer caso, la lucha social tiene como objetivo central y causa original la sustitución constitucional. En el segundo, la lucha social desatada por alguna otra causa destapa un descontento con el proyecto constitucional que, eventualmente, plantea la necesidad de la modificación o sustitución. 

Constituciones reivindicadas por la lucha social

En otras ocasiones, el descontento es producto de una falta de implementación adecuada del proyecto constitucional prometido o de una interrupción no deseada de este. Pensemos en las respuesta popular a los intentos de derogar la constitución venezolana tras el golpe de estado de 2002 (interrupción no deseada). Lo ocurrido en Bolivia como consecuencia del golpe de estado de 2019 también es muy ilustrativo, particularmente en cuanto la capacidad de un proyecto constitucional de sobrevivir gracias al apoyo popular, a pesar de una interrupción en la institucionalidad constitucional y la llegada al poder de sus detractores. En el caso boliviano, el gobierno golpista –a pesar de implementar una serie de medidas autoritarias y violentas contra importantes sectores del pueblo-, no tomó el paso adicional de desconocer la constitución. Esto puede verse como un reconocimiento al apoyo popular sustancial que aún gozaba el documento constitucional vigente; apoyo que eventualmente restituyó al gobierno del MAS en las elecciones de 2020.

En estos casos, la movilización social se da con el objetivo de reivindicar el proyecto constitucional vigente, reclamando su efectiva implementación y observancia por parte de las instituciones políticas correspondientes. Otros casos menos extremos pueden ocurrir, como momentos de convulsión en las que existe una brecha insostenible entre el contenido constitucional y el diario vivir, en los que el pueblo exige el fiel cumplimiento de los mandatos constitucionales.

Independientemente del éxito de la lucha social, la constitución queda, de alguna manera, fortalecida por estos eventos. En caso de que el proceso social sea exitoso, la constitución adquiere fuerza normativa irresistible y se reafirma como el documento constitutivo de la sociedad. Pero incluso en situaciones en las que el proceso social no es enteramente exitoso, se genera un apoyo ideológico –incluso simbólico- al proyecto constitucional que le fortalece.

Constituciones mayormente incidentales al proceso social

Por otra parte, también hay instancias en las que la constitución meramente juega un rol indirecto en la convulsión social. En estos casos, la constitución limita su rol a (1) proveer las herramientas políticas que se utilizarán para canalizar el clamor popular y (2) establecer las garantías ciudadanas que protegerán al pueblo mientras este se adentra en dicho proceso. 

Cuando eso ocurre, la constitución adquiere cierto nivel de inmunización, en tanto su posición no se ve directamente afectada por el desenlace del proceso social correspondiente. Claro está, esta inmunización no es necesariamente absoluta, pues al final del proceso puede considerarse implementar modificaciones puntuales para fortalecer dichas herramientas o garantías. 

Un ejemplo de esto puede ser lo ocurrido en Puerto Rico durante el verano del 2019 y la lucha exitosa por lograr la salida del Gobernador. Durante este proceso, la visión generalizada era que la Constitución era una aliada del pueblo en su gesta, aunque quedó demostrada la ausencia de importantes herramientas constitucionales, como el referéndum revocatorio y el mecanismo de nuevas elecciones tras la renuncia de un Primer Ejecutivo, entre otros.

Lecciones

Estas experiencias apuntan a un fenómeno histórico y jurídico mayor: el reconocimiento de que las luchas políticas y sociales no se pueden dar al margen de una discusión permanente sobre el proyecto constitucional de determinada sociedad. Específicamente, el deber de toda sociedad de preguntarse constantemente cuál es su relación con dicho proyecto, incluso en situaciones en las que la constitución juega, particularmente al inicio, un papel secundario e incidental.

En términos más concretos, esto supone que cada proceso de lucha social en nuestro continente -incluso en el mundo entero-, debe siempre reservar un espacio para el análisis constitucional, ya sea para concluir que (1) el proyecto constitucional debe cuestionarse y, de ser necesario, modificarse, replantearse o sustituirse completamente, (2) corresponde fortalecer el proyecto constitucional vigente, enfocando las energías en facilitar su debida implementación y ejecución por parte de otros actores sociales e institucionales que han incumplido con ello, o (3) deben utilizarse las herramientas constitucionales existentes para canalizar las exigencias sociales correspondientes, reivindicando así el rol social de la constitución.


Cita recomendada: Jorge M. Farinacci Fernós, «Las constituciones y las luchas sociales en América Latina», IberICONnect, 30 de junio de 2021. Disponible en: https://www.ibericonnect.blog/2021/06/las-constituciones-y-las-luchas-sociales-en-america-latina/

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