1. El Tribunal Constitucional de Portugal, en un proceso de fiscalización preventiva de constitucionalidad, determinó que el artículo 5 de la denominada “Ley del ciber crimen”, que permite la revisión de los correos electrónicos de las personas, es inconstitucional por violación de los derechos fundamentales a la inviolabilidad de la correspondencia y de las comunicaciones. 

2. El Tribunal Constitucional de Portugal determinó que el gobierno tiene competencia propia, en el marco de un estado de emergencia, para decretar normas en materia de delitos y penas, estableciendo los límites máximo y mínimo del delito de desobediencia. El Tribunal agregó que el ejercicio de esta facultad se basa en un título extraordinario y está orientado a restaurar la normalidad constitucional.

3. El Tribunal Constitucional de Portugal consideró que la ley que despenaliza la eutanasia contiene cláusulas insuficientemente precisas a la hora de definir los requisitos que permiten el acceso a este procedimiento. La decisión, sin embargo, no establece que la eutanasia sea en sí misma inconstitucional, por lo que fue devuelta al Parlamento a fin de que se subsanen los puntos considerados inconstitucionales.

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