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¿Qué está pasando en las cortes y tribunales constitucionales?

    1. La Corte Constitucional colombiana emitió la sentencia de tutela T- 158 de 2023 sobre un caso de interrupción voluntaria del embarazo, en la que previno a la Asociación Indígena del Cauca EPSI, al Cabildo Indígena de Polindara y la IPSI Totoguampa, para que, en adelante, al tramitar las solicitudes de interrupción voluntaria del embarazo (IVE) elevadas por las asociadas a esa EPSI: (i) valoren de manera completa, cierta y exhaustiva las razones que justificarían su realización, en atención a las particularidades de la situación, y (ii) de ser el caso, con el consentimiento previo e informado de la solicitante, exploren alternativas a la IVE dirigidas a garantizar la protección de la vida en gestación como finalidad constitucional imperiosa y valor trascendental para la armonía de los pueblos indígenas afiliados a la AIC, sin afectar intensamente el derecho a la salud y los derechos reproductivos de sus comuneras. El fallo ha sido calificado por algunos como un retroceso en materia de derechos reproductivos en ese país, en comparación con lo establecido en la sentencia C-055 de 2022.

    2. La Corte Constitucional colombiana revisó de manera previa y oficiosa la constitucionalidad de la ley estatutaria de administración de justicia. La Sala Plena de la Corte Constitucional tomó distintas decisiones que incluyen: (i) la constitucionalidad de los artículos 5, 8, 9, 10, 11, 16, 17, 21, 22, 24, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 40, 42, 47, 49, 51, 52, 53, 54, 57, 58, 59, 62, 66, 69, 70, 72, 75, 76, 78, 79, 80, 81, 83, 84, 85, 86, 95, 97, 99 y 100; (ii) la inconstitucionalidad de los artículos 61, 88, 89, 90, 91, 93 y 94; y (iii) la constitucionalidad condicionada y/o la declaratoria de inconstitucionalidad de algunas expresiones de los artículos 1, 2, 3, 4, 6, 7, 12, 13, 14, 15, 18, 19, 20, 23, 25, 26, 35, 38, 39, 41, 43, 44, 45, 46, 48, 50, 55, 56, 60, 63, 64, 65, 67, 68, 71, 73, 74, 77, 82, 87, 92, 96 y 98.

    3. La Corte Constitucional del Ecuador revocó dos sentencias objeto de revisión después de concluir que existió una desnaturalización de la acción de protección al habérsela concedido en contra de una decisión jurisdiccional adoptada en un proceso penal. En los fundamentos de su decisión, la Corte reconoció que el caso bajo análisis se inscribe en un fenómeno más amplio de abuso y desnaturalización de las garantías jurisdiccionales, que ha llevado a que se dicten sentencias y resoluciones abiertamente contrarias a la Constitución y a la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. A juicio de la Corte, la desnaturalización de las garantías constituye un fraude a la confianza que la Constitución depositó en los juzgadores como vehículos para la garantía jurisdiccional de los derechos, fenómeno que amenaza la legitimidad del sistema de garantías jurisdiccionales. Finalmente, la Corte no excluyó la posibilidad de que los jueces constitucionales puedan ser procesados por el delito de prevaricato cuando tramitan o resuelven garantías jurisdiccionales violando normas procesales expresas.

    4. El Supremo Tribunal Federal de Brasil determinó la inconstitucionalidad de la norma estatal que establece la obligatoriedad de licenciamiento ambiental para la instalación de redes de transmisión de sistemas de telefonía, puesto que la legislación en materia de telecomunicaciones es una competencia privativa de la Unión. Lo anterior, no obstante que el objeto de la norma estatal declarada inconstitucional sea proteger, defender y conservar el medio ambiente.

    5. El Pleno del Tribunal Constitucional español ha desestimado la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla sobre el apartado 21 del artículo primero de la Ley 26/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifica, entre otras normas, la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF. La sentencia parte de que lo planteado es un supuesto de inconstitucionalidad por omisión, que sólo puede entenderse producida cuando es la propia Constitución la que impone al legislador la necesidad de dictar determinadas normas de desarrollo constitucional y el legislador no lo hace. El Tribunal resuelve que el principio de capacidad económica (STC 182/2021) no impone al legislador la obligación de tener en cuenta la inflación para calcular las ganancias inmobiliarias en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas-IRPF. Dicho principio no solo exige que todo tributo recaiga sobre un presupuesto de hecho revelador de capacidad económica, sino que, además, demanda que la obligación tributaria se cuantifique conforme a ella. Ahora bien, en este segundo aspecto el legislador dispone de un amplio margen de libertad para concretar la cuantía del tributo (plusvalía), conforme a criterios de razonabilidad y proporcionalidad. Asimismo, subraya que la norma enjuiciada no puede analizarse de forma aislada, sino en conjunto con el resto de las disposiciones del IRPF, que ya dispensan un tratamiento preferencial a las ganancias inmobiliarias frente a otras rentas, ya que tributan a tipos inferiores a las rentas salariales o empresariales y además gozan de determinadas exenciones cuando provienen de la vivienda habitual. La sentencia cuenta con votos particulares  de los magistrados Ricardo Enríquez Sancho y Enrique Arnaldo Alcubilla, quienes sostienen que la reforma estaría haciendo tributar a los ciudadanos por manifestaciones de riqueza total o parcialmente inexistentes, en abierta contradicción tanto con el principio de capacidad económica como con el sistema tributario justo a los que hace referencia el art. 31.1 CE. Además, afirman que la tributación soportada en territorio común sería más gravosa que en País Vasco y que se coloca al margen de las tendencias actuales en los países de la OCDE. Respecto a la sentencia del Tribunal sostienen que se estaría consagrando constitucionalmente el “principio nominalista” como un elemento rector del sistema tributario, otorgando un “cheque en blanco” al legislador para el gravamen de rentas ficticias.

    6. El Pleno del Tribunal Constitucional español ha desestimado el recurso de amparo interpuso contra el acuerdo de la Presidenta del Congreso de los Diputados, en el que se determinó debidamente prestado el juramento o promesa de acatamiento de la Constitución y, por tanto, adquirida la condición plena de diputados de veintinueve representantes electos que utilizaron fórmulas de acatamiento de la Constitución añadidas a la expresión sí juro o sí prometo. El Pleno sostiene que no se ha producido un trato desigual entre los diputados, ya que fueron validadas todas las fórmulas de acatamiento y la pretensión de los demandantes de que debía de haberse dispensado un trato diferente a los concretos veintinueve diputados que utilizaron fórmulas de acatamiento añadidas. El Pleno descarta que la decisión impugnada, que ha permitido acceder a la plena condición de diputados de quienes utilizaron fórmulas de acatamiento añadidas en las mismas condiciones que los demandantes de amparo, no afecta al derecho de estos últimos a ejercer también en plenitud sus funciones parlamentarias de acuerdo con las previsiones legales. Han formulado voto particular los magistrados Ricardo Enríquez Sancho, Enrique Arnaldo Alcubilla y la magistrada Concepción Espejel Jorquera, quienes entre otras argumentaciones sostienen que resulta manifiestamente vulnerado el art. 23 CE, por cuanto el núcleo del derecho al ius in officium de los diputados recurrentes, se lesiona no solo cuando se les impone la obligación de debatir sobre iniciativas respecto de las que este Tribunal ya ha declarado su inconstitucionalidad (SSTC 46/ 2018 de 26 de abril; 115/2019 de 16 de octubre, y 46/2023, de 10 de mayo, entre otras), sino también cuando se les impone esa obligación de participar en comisiones y plenos con personas que no pueden ejercer sus derechos como diputados. El magistrado Cesar Tolosa Tribiño también discrepa de la decisión adoptada por el Pleno. Considera que los recursos de amparo debieron ser estimados, pues la decisión de la Presidenta del Congreso de los Diputados socavó la esencia misma de la condición de diputados de quienes sí habían adquirido tal condición, vulnerando los derechos de los recurrentes reconocidos en el art. 23.2 CE, al privarles de su función angular, esto es, la de concurrir a la conformación constitucional de las Cortes Generales como representantes del pueblo español, antes incluso de que se celebrara la solemne sesión de apertura de la legislatura.

    7. El Pleno del Tribunal Constitucional español ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad (art. 161. 2 CE) promovido por el Presidente del Gobierno contra la disposición adicional segunda de la Ley de la Comunidad Autónoma de Madrid 1/2023, de 15 de febrero, de creación de la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad. El Gobierno alega que el citado precepto podría vulnerar las competencias del Estado sobre legislación civil (art. 149.1.8 CE) y legislación procesal (art. 149.1.6 CE), al establecer requisitos procesales y civiles para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad que no contempla la legislación procesal y sustantiva civil.  Asimismo, sostiene que podría vulnerar la reserva de la ley orgánica (art. 81.1 CE) por regular requisitos adicionales y distintos a los previstos en la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, así como el principio de seguridad jurídica (art. 9.3 CE).
       
    8. El Pleno del Tribunal Constitucional español admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad promovida por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo contra el artículo 2.2 del Decreto ley del Gobierno de las Illes Balears 1/2019, de 22 de febrero, de medidas urgentes sobre la explotación y el control de la actividad de alquiler de vehículos con conductor y otras medidas en materia de transportes terrestres. El precepto impugnado establece la obligación de reservar con una antelación de treinta minutos la prestación del servicio de VTC (vehículo de transporte con conductor). El Tribunal Supremo plantea que podría suponer una vulneración del artículo 38 de la Constitución.

    9. Suprema Corte de Justicia de la Nación, invalida la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en materia de Contratación de Publicidad. El Pleno del Alto Tribunal de México, por mayoría de 8 votos de sus 11 integrantes, invalidó el Decreto por el que se expidió la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad, publicado el 3 de julio de 2023. Lo anterior, por considerar que se trasgredió los artículos 71 y 72 de la Constitución Federal, por violaciones al procedimiento legislativo, específicamente al principio de deliberación informada y democrática, así como a los derechos que asisten a las minorías parlamentarias.

    10. Suprema Corte de México determina inconstitucional la imposición de restricciones injustificadas y discriminatorias a las agencias de publicidad y medios de comunicación. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad vulnera la libertad de trabajo, de concurrencia y competencia, así como el principio de no discriminación en perjuicio de las agencias de publicidad y medios de comunicación. Señaló que prohibir la reventa de espacios o tiempos publicitarios no promueve la transparencia en el mercado, ni previene o combate las prácticas comerciales indebidas. De igual manera, señala que resulta discriminatorio que la regulación no integre a todos los agentes económicos que intervienen y sólo establezca sanciones para dos de los sujetos que participan, limitando el libre ejercicio de las actividades profesionales de las agencias de publicidad y los medios de comunicación.

    11. El Pleno de la Suprema Corte de México invalida disposición del Código Civil de Baja California Sur que impedía a menores de edad obtener una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de su identidad de género autopercibida. El Alto Tribunal mexicano como resultado del análisis de las impugnaciones formuladas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, invalidó la porción “mayores de edad”, del primer párrafo del artículo 144 Ter, del Código Civil para el Estado de Baja California Sur el cual preveía que solo las personas mayores de edad que requirieran el reconocimiento de su identidad de género podrían pedir el levantamiento de una nueva acta de nacimiento. Ello, al determinar que la norma invalidada prohibía de manera absoluta que las niñas, niños y adolescentes pudieran acceder al procedimiento para modificar su acta de nacimiento, lo cual resultaba violatorio de su derecho a que les sea reconocida su identidad de género auto percibida.

    12. Tribunal Constitucional chileno declara inadmisible el requerimiento de inaplicabilidad de una norma que establece que consignado el monto de la caución que fije el juez, quedan suspendidos los efectos de la orden que paraliza una obra eléctrica. El requirente alegó que la posibilidad de enervar la suspensión decretada con el pago de una caución vulnera sus garantías constitucionales.
    13. El Tribunal Constitucional peruano se pronuncia en defensa del derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales. Declara fundada la demanda de habeas corpus respecto del cuestionamiento al derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales; y, en consecuencia, declara nulas una serie de resoluciones. 

En las noticias

  1. La inesperada convocatoria a elecciones anticipadas en Ecuador, como resultado del uso de la figura de la “muerte cruzada”, estimuló que 10 de los 17 partidos y movimientos nacionales formen alianzas para las próximas elecciones.

  2. El Congreso de Colombia aprueba proyecto de ley que garantiza que el 50% de los cargos públicos sean ocupados por mujeres. El proyecto pasará a sanción presidencial.

  3. El juicio en contra del ex presidente de Brasil, Jair Bolsonaro, adelantado en el Supremo Tribunal Electoral, se realizará la próxima semana.

  4. La sala segunda del Tribunal Constitucional español ha admitido a trámite los recursos de amparo contra las resoluciones condenatorias dictadas en la pieza principal de la causa judicial de los ‘ERES’ de Andalucía.

  5. El TEDH rechaza que se discriminara por su sexo a la candidata a presidir el Tribunal Superior de Justicia de Murcia. Seis de los vocales del Consejo firmaron en 2016 votos particulares en los que denunciaban que se había producido una «situación de discriminación por razón de sexo» en la designación.

  6. La justicia europea condena a España por vulnerar la libertad de expresión de un sindicalista que gritó “puta bandera”. El Tribunal de Estrasburgo desautoriza al Constitucional, que en 2020 había confirmado la multa impuesta al hombre por un delito de ultraje.

  7. Se publica en el Diario Oficial de la Federación el nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. El 7 de junio de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. De acuerdo con el artículo segundo transitorio, la aplicación del nuevo Código Nacional entrará en vigor gradualmente, sin que la misma pueda exceder del 1o. de abril de 2027.

  8. Se lleva a cabo conmemoración por el Día Mundial del Medio Ambiente en la Suprema Corte de Justicia de la Nación de México. El 5 de junio de 2023 se llevó a cabo la celebración por el día Mundial del Medio Ambiente en la Sede del Alto Tribunal del país. La Ministra Presidenta, Norma Lucía Piña Hernández, destacó que la suscripción del Acuerdo de Escazú marca un antes y un después en el acceso a la justicia ambiental, que incluye la protección de los derechos de acceso a la información ambiental y de participación pública en estos asuntos.

  9. Corte Interamericana de Derechos Humanos celebra su 159º Periodo Ordinario de Sesiones. La Corte Interamericana celebrará entre el 12 y el 29 de junio de 2023 su 159° Período Ordinario de Sesiones. El mismo se desarrollará de forma híbrida, combinando actividades virtuales y presenciales.

  10. En Chile, crisis de enfermedades respiratorias determinó la salida del Subsecretario de Redes Asistenciales Fernando Araos, el Presidente Gabriel Boric confirmó su renuncia y agrego: «Las responsabilidades tienen que hacerse valer».

  11. En Chile, Fiscalía de Valparaíso confirmó ingreso de denuncia contra responsables de filtrar audio del presidente de ese país Gabriel Boric.  A través de un comunicado, la entidad persecutora aseguró que la denuncia ingresada por la ministra del Interior, Carolina Tohá, está dirigida a «Todas las personas que resulten responsables de la filtración de una conversación privada». «Aquel parlamentario o parlamentaria que filtró una conversación sobre seguridad reservada con el presidente debe ser desaforado, eso es lo lógico», señaló el diputado Vlado Mirosevic.

  12. En Chile, gobierno convoca a los 3 poderes del Estado tras atentados explosivos en Valparaíso, Ñuble y Biobío. El encuentro, que se realizaría este jueves o viernes, será “Para analizar los antecedentes que los distintos organismos tienen para intercambiarlos y también acordar decisiones para profundizar y agilizar las investigaciones respecto de estos atentados”.

  13. Ley de “desnotarización” en Chile.  Cámara despacha a ley, proyecto que reduce trámites notariales. Esta nueva normativa, aprobada por 114 votos a favor y una abstención, suprime o modifica la intervención de notarios en más de 20 trámites y gestiones determinadas.

  14.  Beatriz Hevia, presidenta del Consejo Constitucional: “Hay muchos temas que tienen que quedar abiertos”. La presidenta del Consejo Constitucional se refirió al proceso donde se redactará el borrador de nueva Constitución. Respecto al tema del aborto, Hevia sinceró que: «Me gusta la redacción de la Constitución actual (…) ya permitió que se establezca el aborto en tres causales, dejándola a una política pública del legislador más que a una imposición desde la Constitución(…)».

  15. Consejo Constitucional en Chile: Estos son todos los integrantes de las 4 comisiones que presidirán redactores de oposición. Sistema Político, Función Jurisdiccional, Principios y Derechos, son las cuatro instancias que componen el órgano que redactará la nueva propuesta constitucional. El Partido Republicano es la colectividad con la mayor cantidad de presidentes.

  16. Chile se convierte en el primer país sudamericano en declarar una Política Exterior Feminista. ¿En qué consiste? En 2014, Suecia fue el primer país en instaurar esta política exterior feminista, tres años después le siguió Canadá, en 2019 Francia y Luxemburgo, México y España en 2021 y ahora, después de que Chile se sume a la lista, Colombia y Argentina también han manifestado su interés de adoptarla.

  17. El 12 de junio el Consejo Constitucional que redacta la nueva Constitución de Chile realizó su primer pleno. La sesión fue presidida por la presidenta Beatriz Hevia (Republicanos) y el vicepresidente Aldo Valle (IND-PS).

  18. El pleno del Congreso de Perú aprueba acusación constitucional contra el exministro Juan Carrasco Millones.

  19. La presidenta de Perú Dina Boluarte afirma que un posible adelanto de elecciones es un tema «cerrado».

  20. Cancilleres de la Comunidad Andina abordan temas de la agenda ambiental en Lima.
  21. En Chile despachan a Comisión de Hacienda, el Proyecto que crea Ministerio de Seguridad. 

Nuevas contribuciones académicas

  1. Iñigo Gordon Benito, Delitos de odio y ciberodio. Una revisión acerca de las posibilidades de filtrado penal del discurso (Tirant lo Blanch, 2023).

  2. Carlos Garrido López, Del centralismo a la generalización de las autonomías (Arnazadi, 2023).

  3. La Revista Historia y Política, editada por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (CEPC), la Universidad Complutense de Madrid (UCM) y la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), publica su número 49.
  4. Cuadernos Manuel Giménez Abad, editado por la Fundación Manuel Giménez Abad, publica su número 25.

  5. Riccardo Guastini, Interpretación Jurídica y Teoría del Derecho Estudios (Zela Editorial, Argentina,  2023).

  6. Massimo la Torre, El espejo del jurista. Jueces, abogados y teoría del derecho (Zela Editorial, Argentina, 2023).

  7. Domingo Lovera Parmo, Protesting without a face: Privacy in public demonstrations”, Volume 30, Issue 2 (2023). 

Convocatorias y anuncios

Conferencias, seminarios y jornadas

  1. La Universidad San Francisco de Quito (Ecuador) organiza el evento “Las relaciones entre el legislativo y las cortes constitucionales”. La conferencia se realizará el día 19 de junio a las 12:00 (hora de Ecuador), de forma presencial.

  2. El miércoles 21 de junio, a las 17:00h peninsular española, dará comienzo el Foro Derechos Ciudadanos 2023: «derechos digitales» coorganizado por la Fundación Manuel Jiménez Abad, el Tribunal de Justicia de Aragón y el Foro de Derechos Ciudadanos 2023, en formato hibrido. Se requiere inscripción previa para la asistencia presencial.

  3. Los días 22 y 23 de junio se celebrará el seminario “Premisas del Derecho Constitucional”, organizado por el Departamento de Derecho Político de la UNED, en formato presencial y online.
  4. El viernes 23 de junio, a las 17:00h peninsular española, dará comienzo el Acto de clausura del Máster Universitario en Derecho Constitucional, XII edición 2022-2023: “Lucha contra la ciberdelincuencia y protección de Derechos fundamentales en el entorno virtual”, organizado por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales en formato híbrido online o presencial, siendo necesaria la previa inscripción.
  5. Los días 10 y 11 de julio se llevará a cabo en la Universidad de los Andes (Colombia) la conferencia regional “Transiciones justas: sostenibilidad y justicia ambiental en los países andinos”. Se requiere inscripción previa.

  6. Congreso de Filosofía del Derecho para el Mundo Latino, 3er ed. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Querétaro, México, Miércoles 28 de junio del 2023 – Sábado 01 de julio del 2023. 
  7. Seminario Permanente «Pensar el Derecho desde perspectivas emergentes. Seminario de Reflexión Abierta». Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Modalidad mixta: Presencial y/o a distancia, a elegir. Viernes 30 de junio del 2023 – Viernes 25 de agosto del 2023.
  8. Seminario «La reconstrucción del sistema de salud. Apuntes sobre la salud, un sistema desde la perspectiva de los derechos humanos». Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Modalidad mixta: Presencial y/o a distancia, a elegir.  Jueves 22 de junio del 2023 – Jueves 29 de junio del 2023. 

Convocatorias 

  1. La Revista Andares de la Universidad Andina Simón Bolívar de Ecuador abre convocatoria para la presentación de artículos sobre derechos humanos y justicia juvenil. El plazo se encuentra abierto hasta el 31 de julio de 2023.
  2. Presentación de Libro: Derechos Humanos y Empresas. Acceso a remedios, Daniela Ortega, Alejandra Parra y Judith Schonsteiner. Martes 20 de junio a las 12:00 horas, en OIT Dag Hammarskjold 3177, Vitacura, Chile. Más información e inscripciones.

  3. Plazo para inscribir Audiencias Públicas e Iniciativas Populares de Norma en el sitio de la  @SPCiudadanaCL  se extiende hasta el 21 de junio. Las iniciativas presentadas podrán ser parte del texto constitucional chileno.

Blogs y asuntos de interés

  1. Fernando Ortega, El derecho a tener derechos: la dignidad humana y derecho al asilo de Hannah Arendt, Blog de la Revista Derecho del Estado de la Universidad Externado (Colombia). 
  2. Fernando Fernandes, O Supremo e a suspeição, Conjur (Brasil).
  3. Millena Correia y Pedro Moreira, Estudio del componente indígena en el licenciamiento ambiental, Conjur (Brasil).
  4. Domènec Ruiz Devesa, Una circunscripción paneuropea con listas transnacionales para reforzar la esfera pública europea, Blog CEPC (España).
  5. Hebel Yoel Campos: Más tesis con alas: también la del jurado de Patricia Benavides, El Golpe de Castillo, Youtube (Perú).
  6. CHCH,  ¿En qué va el proceso constitucional en Chile? con Domingo Lovera, integrante de la comisión experta que acaba de entregarle un anteproyecto al nuevo Consejo Constitucional, Youtube (Chile).
  7. Francisco Soto, El debate sobre el reemplazo constitucional, El Mercurio (Chile). 

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