Durante casi treinta años de trabajo, GIRE se ha consolidado como una organización feminista, que a través del litigio constitucional ha emprendido una batalla por lograr el reconocimiento del aborto voluntario como un asunto de derechos humanos, así como medidas de reparación integral para quienes han visto negados sus derechos.

Impulsar la justicia reproductiva implica reconocer tanto las barreras formales para el ejercicio de los derechos reproductivos, como el conjunto de factores estructurales sociales, políticos y económicos que permiten a las mujeres y a otras personas con capacidad de gestar tener el poder y la autodeterminación sobre su destino reproductivo.

Esta apuesta por la justicia reproductiva busca la incorporación de un espectro más amplio de miradas, que permitan ver más allá del sexo o género como factores de opresión y reconocer las múltiples y cruzadas formas de discriminación que enfrentan las personas para trabajar desde una perspectiva interseccional.

GIRE ha llevado a la Suprema Corte distintos litigios buscando sentar precedentes que permitan que las mujeres y personas gestantes accedan a la justicia reproductiva. En este sentido, relataremos lo resuelto en los casos de Fernanda, Marimar, Marisa, Jessica y Carlota.

En todos ellos hemos impulsado la necesidad de que se juzgue con perspectiva de género, sí, pero también empleando una visión interseccional. Los casos que acompañamos demuestran que el género no es el único factor que incide en las desigualdades.

Durante el tiempo que GIRE ha litigado hemos buscado estrategias que evitaran que las normas procesales sean abordadas sin perspectiva de género. Por citar un ejemplo, los jueces de distrito llegaron a sobreseer juicios de amparo presentados por negativas al acceso al aborto, por considerar que se carecía de materia en tanto que el producto ya había nacido o ya se había realizado el aborto.

Una decisión de este tipo, implica desconocer las violaciones a derechos humanos de manera integral, y continuar con una concepción reducida de los alcances de la justicia constitucional. La Corte, mediante una interpretación menos restrictiva de las causales de improcedencia, aseguró que la litis en dichos casos no se reducía únicamente a asegurar el aborto, sino también a analizar si la negativa per se implicaba una violación a derechos humanos que podía y debía ser estudiada.

En este sentido, los casos de Marimar, Fernanda y Carlota, mujeres a quienes se les negó el derecho a acceder al aborto por violación, resueltos por la Suprema Corte fueron cruciales para lograr esto. La Corte puntualizó que negar el aborto cuando el embarazo es producto de una violación es contrario a los derechos humanos, en específico, al derecho de las personas a no ser sometidas a tratos crueles, inhumanos y degradantes y el hecho de que a quienes se les negó el derecho a abortar hayan logrado hacerlo por sus propios medios carece de relevancia.

Estas sentencias han sido torales en la construcción de una narrativa jurídica que posiciona al aborto como un derecho. Es importante mencionar que estos casos representaron la primera vez que la SCJN se pronunció sobre el tema del aborto en casos concretos en los que la vida de las mujeres se vio afectada.

En el mismo sentido, el caso de Marisa, una mujer que solicitó un aborto al encontrarse en riesgo su salud a una institución federal de salud y se le negó, sentó un precedente en torno a la perspectiva de género y las reglas procesales. Así, la Primera Sala señaló que cuando se trata de la solicitud de un aborto, juzgar con perspectiva de género permite flexibilizar la regla según la cual no hay que pronunciarse sobre un hecho que ya se consumó. Aplicar esta regla sin excepciones dejaría a las mujeres y personas gestantes en la dificultad de tener que decidir entre abortar por sus propios medios, y con ello salvaguardar su proyecto de vida, o no abortar y esperar la resolución de un amparo que podría llegar demasiado tarde en el embarazo o incluso después del parto. 

Esta sentencia fue la primera en México en la que se resolvió el tema del aborto desde una perspectiva del derecho a la salud y del derecho a la igualdad y no discriminación. Por otro lado, fue la primera vez en la que un tribunal dijo que el embarazo es un proceso reproductivo que viven las mujeres y también las personas que no se identifican como mujeres pero tienen capacidad de gestar.

Finalmente, el caso de Jessica ha sido paradigmático para entender por qué la perspectiva de género no es la única herramienta que las personas juzgadoras han de emplear. En este sentido, GIRE fue enfática en señalar que era fundamental la perspectiva interseccional al coexistir diversas características que ponían a Jessica en un mayor estado de vulnerabilidad. 

Jessica, que tenía 17 años, fue víctima de una violación. Además de haber nacido con parálisis cerebral infantil, Jessica tenía crisis convulsivas. La situación de precariedad económica en la que vivían ella y su mamá, así como la falta de estructura para apoyar a las personas con discapacidad en México, no permitieron que Jessica fuera capaz de comunicarse por sí misma sobre lo que había sucedido.

Cuando  Jessica tuvo otra de sus crisis convulsivas y fue llevada al hospital, su familia se enteró que tenía cinco meses de embarazo (167 días). Avisaron a las autoridades que Jessica había sido víctima de violación para que se iniciara una investigación y se le practicara un aborto. Sin embargo, el director del hospital les negó el aborto dado que el Código Penal de Chiapas solamente permitía el aborto por violación si se hace durante los primeros noventa días de embarazo. 

Aunque ya existían los precedentes de los casos de Marimar y Fernanda, el Juez de Distrito que resolvió su caso no les dio la razón. Aunque aceptó que Jessica estaba en una situación de vulnerabilidad, se enfocó en el producto en      gestación y dijo que el Estado debía privilegiarlo     . Además, dio aviso al Ministerio Público para que investigaran a Jessica y a su mamá por la probable comisión del delito de aborto, en tanto que en los hechos se manifestó que ya se había abortado.

El asunto llegó a la Primera Sala de la Corte, pues era la primera vez que se tenía la oportunidad de analizar lo que sucede con los derechos de las adolescentes con discapacidad que tienen un embarazo que es producto de una violación. La Corte resolvió que el Juez de Distrito no había juzgado con perspectiva de género ni había tomado en cuenta los derechos de Jessica como una joven con discapacidad que había sufrido violencia sexual siendo, además, menor de edad. También dijo que, al negarle el derecho al aborto, el director del hospital había violado sus derechos porque, aunque el Código Penal señale que hay un plazo máximo para practicarlo, el hospital tenía la obligación de salvaguardar su salud, que estaba comprometida por su embarazo, tal como se había señalado en el caso de Marisa. 

La Corte terminó por declarar la inconstitucionalidad del plazo para acceder al aborto en casos de violación, pues poner límites temporales al aborto alimenta el estereotipo de la maternidad al dar más importancia al feto que a la mujer que lo está gestando, afecta a las niñas, adolescentes y mujeres víctimas de violencia sexual que, muchas veces, por haber vivido esa experiencia traumática, no se atreven a mencionarlo ni denunciarlo, afecta a niñas, adolescentes y mujeres que en ocasiones no saben de sus embarazos hasta pasados los primeros noventa días de gestación; por ejemplo, por vivir en situaciones de vulnerabilidad como falta de acceso a la educación, tener una discapacidad severa o vivir en extrema pobreza.  

En un Estado de Derecho, sentencias como las de Fernanda, Marimar, Carlota, Marisa y Jessica deberían bastar para que no existieran más casos como los suyos; a eso aspiran tanto ellas, como GIRE al acompañarlas. En un país donde todas las autoridades respetan los derechos humanos la materialización de las sentencias debería      implicar la modificación de las leyes que obstaculizan el acceso al aborto voluntario como un servicio de salud, así como la existencia de esos servicios en todo el país.

Aunque aún quedan muchas leyes por cambiar, el movimiento feminista a nivel nacional y regional ha tomado cada vez más fuerza, hasta convertirse en la gran Marea Verde que ha logrado que la Corte siga dictando sentencias a favor de nuestros derechos. A la fecha, GIRE se encuentra esperando la resolución por parte de la Corte de cuatro asuntos sobre aborto, esperamos poder contarles más buenas noticias en el futuro cercano.

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