En Chile, el Decreto 924 de 12 de septiembre de 1983 dispone que todos los establecimientos estatales y particulares de educación pre-básica, general básica y media del país tienen el deber de ofrecer clases optativas de religión. La disposición central en el presente caso es el artículo 9 del Decreto en la parte que dice que: “El profesor de Religión, para ejercer como tal, deberá estar en posesión de un certificado de idoneidad otorgado por la autoridad religiosa que corresponda, cuya validez durará mientras ésta no lo revoque […]”. Desde 1985, la señora Pavez se desempeñó como profesora de religión […]